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Recategorización
del monotributo

¿Qué incluye el trámite?

Calculamos tu facturación anual, analizamos las variables impuestas por AFIP y aplicamos la nueva categoría. Una vez finalizado, te enviamos tu nueva categoría y constancia por email.

Precio del trámite: $3.000

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¿Qué es la recategorización?

Se llama recategorización al período asignado por la AFIP, en los meses de enero y julio, para que los monotributistas analicen su facturación de los últimos 12 meses y evalúen si les corresponde modificar la categoría en la cual se encuentran inscriptos.
Puede ocurrir que les corresponda subir de categoría, en caso de que la facturación haya aumentado o bajar de categoría, en el caso contrario.

¿Quiénes no deben recategorizarse?

Los monotributistas que no están obligados a cumplir con la recategorización son aquellos contribuyentes que:

  • No hayan modificado su nivel de facturación ni su local de trabajo, por lo tanto deben permanecer en la misma categoría.
  • Recién inician a ejercer su(s) actividad(es) y no ha transcurrido un semestre calendario completo desde el mes en el que se inscribió al monotributo. Es decir, si se inscribieron al monotributo en febrero, no deberían considerar la recategorización de julio debido a que no han transcurrido seis meses aún.

Es importante tener en cuenta que a partir del 1 de febrero y 1 de agosto de cada año, la AFIP publica un listado con los contribuyentes que fueron recategorizados de oficio. Además esto es comunicado en el domicilio fiscal electrónico del contribuyente. En el caso de que un contribuyente haya sido asignado una categoría errónea por la AFIP la persona dispone de 15 para hacer el descargo pertinente, adjuntando los medios de prueba necesarios.

¿Cuáles son las fechas para realizar la recategorización?

La recategorización del monotributo se realiza dos veces por año entre los días 1 y 20 de los meses de enero y julio. En el caso de que el día 20 caiga un sábado, domingo o feriado el plazo se extiende hasta el próximo día hábil.

La próxima recategorización está prevista entre el 1 y 20 de julio donde se deberán contemplar los ingresos obtenidos entre el 1ro de julio del 2022 al 30 de junio de 2023.

¿Cómo hacer la recategorización del monotributo?

Para evaluar si debés recategorizarse, deberás analizar que los parámetros que determinan tu categoría actual siguen siendo los correctos. Es decir, tendrás que controlar tu facturación o ingresos, la energía eléctrica consumida, el valor del alquiler y la superficie afectada para desarrollar tu actividad sigan correspondiendo a la categoría adecuada.

¿Es obligatorio recategorizarse?

De acuerdo al artículo 9 de la ley 26.565, se considera responsabilidad de cada contribuyente estar categorizado correctamente. Es decir que en cada semestre calendario se deben calcular los ingresos obtenidos de los últimos doce meses y verificar que todos los parámetros encuadren en la categoría adecuada.

Además, tal como lo establece el artículo 26, de la misma ley en el caso de que la AFIP detecte el incumplimiento de la recategorización, dicho organismo realizará el cambio de oficio (es decir, de manera automática), lo obligará al contribuyente a abonar los nuevos montos y sancionará con una multa.