Trámites
¿Cuándo puedo recurrir a un plan de pagos?
Para ingresar en un plan de pagos, cada contribuyente debe evaluar su situación.
Tené en cuenta que no siempre se puede acceder a los mismos, sea porque no corresponde tu situación o bien, porque no existe ningún plan vigente.
¿Qué pasa si dejo de pagar las cuotas?
El plan de facilidades de pago caducará, cuando no se haya cancelado cierta cantidad de cuotas, consecutivas o alternadas. Se toma el vencimiento de la última de las cuotas adeudadas y a partir de ahí, el plazo para pagar serán 60 días corridos.
Cantidad de cuotas del plan | Cuotas impagas |
---|---|
Hasta 12 | 2 |
De 13 a 24 | 3 |
De 25 a 48 | 4 |
De 49 a 72 | 5 |
De 73 a 120 | 6 |
Para todos los casos, si transcurren 60 días corridos desde que venció la última cuota del plan, y los períodos adeudados no fueron pagados, el plan caducirá. Por ejemplo, si el plan tiene 6 cuotas, desde enero hasta junio, el plan caduca en caso de no pagar una de las cuotas antes de septiembre (60 días después de junio).
¿Puedo rehabilitar un plan?
Una vez que el plan haya caducado, dentro de los 30 días corridos desde la fecha de notificación, el podrás rehabilitar el plan por única vez. Vencido el plazo, de no haberse rehabilitado el plan, éste caducará, circunstancia que será notificada a través del servicio “e-Ventanilla”.
¿Querés averiguar si tenés una deuda?
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